Código de 1967: una comisión ad honorem y 60 días para reescribir el proceso civil
El Ministerio de Justicia creó por la Resolución 515/2026 la comisión que debe redactar un nuevo Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. Tiene 60 días corridos desde su primera reunión para entregar el anteproyecto y todos sus integrantes trabajan ad honorem. El texto que busca reemplazar fue dictado en 1967 por decreto, con el Congreso disuelto.
El Ministerio de Justicia de la Nación creó la Comisión para la Modernización y Actualización del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. La decisión consta en la Resolución 515/2026, firmada el 6 de octubre de 2026 por el ministro Juan Bautista Mahiques. La comisión tiene 60 días corridos desde su primera reunión para entregar un anteproyecto y todos sus integrantes son ad honorem.
Ese código es el reglamento con el que tramitan los juicios civiles y comerciales del ámbito nacional y federal: fija los plazos, las instancias, cómo se prueba y, en la práctica, cuánto tarda en llegar una sentencia. No es un asunto de abogados: es el procedimiento del que reclama una deuda, discute una herencia, pide un desalojo o espera una indemnización.
La norma que se quiere reemplazar es la Ley 17.454, dictada el 20 de septiembre de 1967 y promulgada como ley decreto por el Poder Ejecutivo de Juan Carlos Onganía, con el Congreso disuelto. Es decir: el texto original del procedimiento con el que todavía se litiga en el orden nacional nunca fue votado por un Congreso en funciones.
Desde entonces recibió parches. El texto fue ordenado por el Decreto 1042/1981, con las modificaciones de la Ley 22.434, y reformado parcialmente por la Ley 25.488, esta sí sancionada por el Congreso. Pero quedó desfasado del derecho que tiene que aplicar: nunca se adaptó del todo al Código Civil y Comercial, vigente desde el 1 de agosto de 2015. Cambió el derecho de fondo; el procedimiento siguió casi igual.
La resolución le marca a la comisión cuatro ejes: oralidad, incorporación de herramientas tecnológicas, simplificación de los procedimientos y tutela judicial efectiva. Son, con otras palabras, los cuatro nombres de la demora.
La estructura que arma la resolución no crea cargos rentados: hay una coordinación general y dos subcomisiones, una redactora y otra revisora, integradas ad honorem. La redactora escribe el anteproyecto; la revisora controla lo que salga de ahí. Quiénes ocupan cada lugar es otra cosa: mientras no tengamos a la vista el artículo de la resolución que los designa, este medio no publica los nombres.
Conviene precisar el momento exacto de la noticia: hoy no hay un texto de reforma ni una reforma en trámite. Hay una resolución que crea una comisión, le fija un plazo y le marca los temas. El anteproyecto todavía no se escribió.
Y queda bastante abierto. No está informada la fecha de la primera reunión, que es la que hace correr los 60 días. Tampoco está confirmada la integración de la comisión, ni qué camino sigue el anteproyecto una vez entregado, ni si habrá presupuesto o soporte técnico para sostener la oralidad y la digitalización que se proponen. Ahí suele estar la diferencia entre una reforma que funciona y una que queda escrita, como cuando se abren oficinas nuevas sin plata para sostenerlas.
Para un pampeano hace falta una aclaración. El código que se va a reescribir rige los juicios del ámbito nacional y federal, y cada provincia tiene su propio código procesal. Qué expedientes de un vecino de La Pampa quedan alcanzados, y qué pasa con el código procesal provincial, no surge de la resolución. Tampoco cuáles son las provincias que ya aplican oralidad efectiva ni si La Pampa está entre ellas: ningún resultado medido en otra jurisdicción puede atribuirse acá.
Lo que no necesita demostración es el costo de la demora. Elba Ortiz espera hace casi tres décadas que la Justicia le devuelva su casa, en un expediente en el que el propio juez admitió que se había equivocado. Esa es la factura que paga el que litiga: años de vida dentro de un procedimiento que no fue pensado para resolver rápido.
Leído desde una mirada liberal, meter mano en el procedimiento va en la dirección correcta y es de las decisiones más baratas que puede tomar un gobierno: no crea cargos rentados, no pide estructura nueva y apunta a una de las burocracias más caras para el ciudadano, la que se cobra en tiempo. Se suma, además, al paquete de reformas que el Gobierno viene empujando.
La salvedad es igual de concreta. Trabajar ad honorem y en 60 días alcanza para escribir un texto, no para cambiar un juzgado. Sin plata, sin sistemas y sin decisión política posterior, un buen anteproyecto puede quedar escrito y nada más.
Después de casi sesenta años, el proceso civil argentino sigue rigiéndose por un texto que en su origen ningún Congreso votó. La comisión tiene 60 días para escribir el reemplazo: el que espera una sentencia ya aprendió a medir las reformas por los expedientes que se mueven, no por las resoluciones que se firman.
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