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El intendente de Toay, Ariel Rojas, señalado en un pedido de juicio político presentado por un comerciante
La Pampa · 4 min

Toay: un comerciante pidió el juicio político de Ariel Rojas por un conflicto de habilitación

Por Redacción Pampa Liberal

Raúl Ariel Gómez solicitó una audiencia al Concejo Deliberante y acusó al intendente de incumplir una medida cautelar. Hasta el 28 de octubre no se había acreditado que el cuerpo legislativo hubiera abierto una investigación.

El titular de El Castillo–Vivilotodo, Raúl Ariel Gómez, presentó un pedido para que el Concejo Deliberante de Toay evalúe un juicio político contra el intendente Ariel Rojas. La solicitud surgió de una disputa por la habilitación del establecimiento y atribuye al jefe comunal un presunto incumplimiento de sus deberes. Se trata, por ahora, de la acusación de una de las partes: no está acreditado que los concejales hayan abierto una investigación ni adoptado una decisión sobre el planteo.

Gómez también pidió una audiencia urgente con los ediles para exponer el conflicto. Según la información disponible, la solicitud fue recibida por correo electrónico durante la mañana del 28 de octubre. El comerciante pretende que el cuerpo analice la actuación del Ejecutivo municipal y remita su denuncia a una comisión investigadora.

El escrito lleva el patrocinio de la abogada Marcelina Lidia Monzón y solicita la apertura de un proceso con fines de destitución o la aplicación de la sanción que corresponda. Allí se acusa a Rojas de presunto mal desempeño y de una omisión deliberada en el cumplimiento de sus deberes. Esas imputaciones pertenecen a Gómez y no constituyen hechos probados ni una conclusión institucional.

El planteo menciona el expediente judicial G-54.368, “Gómez Raúl Ariel c/ Municipalidad de Toay s/ Medidas Cautelares”. El dueño del comercio sostiene que existe una orden judicial que obliga al municipio a otorgar una habilitación provisoria y que la comuna no la cumplió pese a estar notificada. Sin embargo, la documentación consultada enumera una resolución, un oficio de notificación y una intimación, pero no incorpora copias que permitan verificar de manera independiente su contenido, vigencia y alcance.

La presentación también alude a una intimación dirigida a la intendencia el 5 de octubre de 2026. De acuerdo con la versión del comerciante, allí se exigió el cumplimiento de la decisión judicial dentro de las 48 horas, bajo apercibimiento de formular una denuncia penal. Tampoco se pudo corroborar con documentación primaria la recepción, la respuesta municipal ni el resultado de esa gestión.

El conflicto se arrastra por la autorización para funcionar del inmueble ubicado en Pecho Colorado 651. Gómez afirma que el establecimiento obtuvo una habilitación municipal en diciembre de 2003 y renovaciones posteriores, incluida una autorización por 60 días dictada el 19 de diciembre de 2019 con condiciones de capacidad, seguridad, adicionales policiales y sonido. También sostiene que desde 2020 no logra renovar el permiso.

En el expediente municipal 46/2025, siempre según la presentación del comerciante, el área de Obras y Servicios Públicos rechazó el uso conforme del inmueble porque consideró que el rubro constituía un “uso prohibido”. Gómez cuestionó esa clasificación e invocó una ampliación de una cautelar dictada en diciembre de 2005 por la jueza Elena Victoria Fresco, que habría dispuesto una habilitación en condiciones equivalentes a las de años anteriores. La vigencia actual de esa medida y su aplicación al trámite en disputa no pudieron comprobarse con el texto de la resolución judicial.

Las habilitaciones anteriores no reemplazan los controles vigentes ni aseguran por sí solas el derecho a continuar una actividad. Del mismo modo, una administración debe explicar con reglas claras y fundamentos verificables por qué modifica el tratamiento dado a un establecimiento. La transparencia y digitalización de los trámites municipales son condiciones centrales para facilitar la actividad privada y reducir la discrecionalidad. El pedido de Gómez traslada la controversia al Concejo, pero será la actuación formal del cuerpo —si decide iniciarla— la que determine si existen elementos para investigar la conducta del intendente.

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