Saltar al contenido
Fachada del tribunal federal del Distrito Sur de Nueva York, donde la jueza Loretta Preska firmó la resolución que cerró el expediente por la expropia
Nacionales · 5 min

Nueva York cerró el caso YPF: la condena de 16.100 millones quedó sin efecto, la cuenta política no

Por Redacción Pampa Liberal

La jueza federal Loretta Preska firmó el lunes la resolución que deja sin efecto la sentencia de 2023 contra la Argentina y desestima la demanda de Petersen Energía y Eton Park. No fue un cambio de criterio: cumple lo que resolvió la Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito en marzo de 2026. El expediente quedó cerrado en Nueva York, pero los demandantes todavía buscan que la Corte Suprema de Estados Unidos revise ese fallo.

La jueza federal Loretta Preska, del Distrito Sur de Nueva York, firmó el lunes 19 de octubre la resolución que deja sin efecto la condena de unos 16.100 millones de dólares contra la República Argentina por la expropiación de YPF. En el mismo acto desestimó la demanda por incumplimiento contractual que habían presentado Petersen Energía y Eton Park, los dos antiguos accionistas minoritarios de la petrolera que reclamaban. Con esa firma, el expediente quedó cerrado ante su tribunal.

La decisión no es un cambio de opinión de la jueza. Preska ejecuta lo que resolvió la Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito en marzo de 2026: ese tribunal revocó por dos votos contra uno la condena contra el Estado nacional y, al mismo tiempo, confirmó el rechazo de los reclamos contra YPF. La petrolera no fue condenada en ningún momento del juicio.

La sentencia que ahora queda sin efecto era del 15 de septiembre de 2023 y obligaba al país a pagar aproximadamente 16.100 millones de dólares entre daños e intereses.

El juicio existió por una decisión política concreta. En 2012, el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner impulsó la expropiación del 51% de las acciones de YPF, entonces en manos de la española Repsol, y el Congreso la aprobó con la ley 26.741. El pleito no se abrió por expropiar, sino por el método: Petersen Energía y Eton Park sostuvieron que el estatuto de la compañía obligaba a quien tomara el control a lanzar una oferta pública de adquisición por las acciones restantes y que el Estado nunca la lanzó. Sobre ese supuesto incumplimiento se construyó el reclamo, y es la tesis que la Cámara del Segundo Circuito terminó rechazando: entendió que los reclamos contractuales no podían prosperar bajo el derecho argentino en los términos que había fijado Preska. Por eso cayó la condena.

El litigio fue financiado en parte por Burford Capital, una firma que invierte en juicios y que esperaba capturar gran parte del cobro. Dicho sin vueltas: el reclamo contra el Estado argentino se volvió un activo financiero, con un inversor que puso la plata del pleito esperando cobrar del resultado. Lo que en 2012 se presentó como recuperación de la soberanía energética terminó cotizando en el mercado de los juicios.

Y no era una amenaza teórica. A fines de junio de 2025, la propia Preska ordenó transferir el 51% de las acciones clase D a una cuenta del Bank of New York Mellon en un plazo de catorce días, y el 15 de julio de 2025 la Cámara del Segundo Circuito suspendió temporalmente esa orden para permitir la discusión entre las partes. En paralelo, Petersen y Eton Park probaron cobrar en otras jurisdicciones: en agosto de 2025 el Tribunal Comercial de Irlanda les rechazó el intento de ejecutar el fallo allá porque resolvió que no hay bienes del Estado argentino embargables en ese país.

El caso, sin embargo, no terminó del todo. Los demandantes buscan que la Corte Suprema de Estados Unidos revise la decisión de la Cámara. El expediente está cerrado ante Preska, pero esa vía extraordinaria sigue disponible y no se conoce una fecha para una definición. Mientras eso no se resuelva, el resultado es favorable en los hechos y no definitivo en el papel.

Acá el expediente deja de ser un asunto de abogados en Manhattan. Una condena contra la República se paga con recursos del Tesoro nacional: esos 16.100 millones de dólares no los iba a pagar un funcionario ni un partido, los iba a pagar el contribuyente, con impuestos, con deuda nueva o con emisión. El pampeano aporta los mismos impuestos nacionales que el resto del país, y la decisión de 2012 se tomó en el Congreso, donde La Pampa también tiene representación propia. Y tampoco le sobra margen propio: La Pampa cobra regalías petroleras, pero entre enero y julio de este año cayeron 4% en términos reales por falta de producción.

La expropiación, además, no fue un decreto: fue una ley que el Congreso votó en 2012, una votación que reconstruimos en su momento. El que levantó la mano en 2012 también eligió el método.

La lectura liberal del caso es incómoda para el relato de aquel año, y conviene decirla completa. Un Estado que toma el control de una empresa y se saltea el contrato que esa empresa tiene con sus propios accionistas no defiende el interés nacional: avisa que las reglas valen hasta que molestan. Ese aviso se cobra. Se cobró en años de pleito en el exterior y en la exposición patrimonial que arrastra el país desde 2012, en la posibilidad abierta de que ejecutaran activos argentinos afuera y en el precio que paga cualquier inversión que mire al país. La soberanía que no respeta la propiedad privada no sale gratis: sale carísima, y la factura llega tarde y a nombre de otro.

Conviene también no exagerar el festejo. El cierre del expediente no es una obra de gestión: es el resultado de una defensa judicial que acertó donde el método original había fallado, y llega después de años de exposición patrimonial que ningún tribunal devuelve. La condena de 16.100 millones quedó sin efecto. La cuenta política de haber improvisado una expropiación sigue impaga. Y la próxima vez que alguien prometa recuperar algo sin mirar el contrato, la pregunta tiene que ser la misma: ¿quién firma la factura?

Comentarios

Seguí leyendo

Ver todo