Saltar al contenido
Cristina Fernández de Kirchner, expresidenta condenada en la causa Vialidad
Nacionales · 3 min

La Justicia ordenó restituir la pensión vitalicia de Cristina Kirchner

Por Redacción Pampa Liberal

La Cámara Federal de la Seguridad Social resolvió suspender la baja de la pensión vitalicia que percibía Cristina Fernández de Kirchner, medida que había sido dispuesta por la ANSES durante el gobierno de Javier Milei tras la confirmación de su condena en la causa Vialidad.

La decisión fue adoptada por la Sala III del tribunal previsional en el expediente “Fernández Cristina Elisabet c/ ANSES s/ Nulidad de acto administrativo” y tiene carácter cautelar. Es decir, no resuelve el fondo de la cuestión, sino que suspende los efectos de la baja hasta que se dicte una sentencia definitiva.

El juez Sebastián Russo, cuyo voto encabezó el acuerdo, sostuvo que en esta etapa preliminar se encontraban acreditados los requisitos necesarios para conceder la medida cautelar. En particular, hizo referencia al “carácter alimentario” del beneficio y a la “situación de desprotección” que, según su interpretación, generaba la suspensión del ingreso.

En los fundamentos se señaló que el acto administrativo que dispuso la baja no exhibiría, en esta instancia inicial, un nexo causal suficientemente claro entre la condena penal y la pérdida del beneficio previsional. Esa cuestión, indicó el magistrado, deberá analizarse en profundidad al momento de resolver el fondo del litigio.

También se consideró configurado el llamado “peligro en la demora”, uno de los requisitos centrales para dictar una cautelar, al entender que la suspensión del haber podría generar un perjuicio de difícil reparación ulterior.

A fines de 2024, el Gobierno había decidido dar de baja dos prestaciones que percibía la exmandataria: la asignación mensual vitalicia correspondiente a su desempeño como presidenta y la pensión como viuda de Néstor Kirchner.

La decisión oficial se produjo luego de la confirmación de la condena a seis años de prisión por administración fraudulenta en la causa conocida como Vialidad. Desde el Ejecutivo se argumentó que la percepción de beneficios especiales resultaba incompatible con la condición de condenada por delitos contra la administración pública.

Tras conocerse el fallo, desde el Ministerio de Capital Humano anticiparon que presentarán un recurso federal extraordinario para que la cuestión sea revisada en instancias superiores.

El Ejecutivo sostiene que el caso excede una discusión previsional y que involucra el principio de razonabilidad y la coherencia institucional respecto de beneficios financiados por el Estado.

La controversia reabre una discusión más amplia: la naturaleza jurídica de las pensiones vitalicias otorgadas a exmandatarios y si estas deben interpretarse como derechos previsionales ordinarios o como asignaciones de carácter excepcional vinculadas al ejercicio del cargo.

El tribunal, en esta etapa, privilegió el carácter alimentario del ingreso. El Gobierno, en cambio, plantea que la confirmación de una condena por delitos contra la administración pública altera las condiciones bajo las cuales se concedió el beneficio.

La cautelar no cierra el debate. Lo posterga. El fondo de la cuestión —si corresponde o no la percepción de la pensión en estas circunstancias— deberá resolverse en un pronunciamiento definitivo.

Mientras tanto, la pensión queda restituida y el expediente continúa su recorrido judicial, en un caso que combina derecho previsional, responsabilidad política e institucionalidad republicana.

Comentarios

Seguí leyendo

Ver todo